En el territorio nacional operan unas entidades financieras privadas, las cuales se conocen como Administradoras de Fondos para el Retiro (Afore). Como su nombre lo señala; están encargadas de la administración de fondos de retiro y ahorro de trabajadores inscritos en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
Generalmente, en su mayoría, las personas desconocen cómo es el proceso para hacer retiros de dinero. Así mismo surge la interrogante de “Puedo hacer una transacción completa de mis ahorros”.
¿Es posible hacer un retiro completo de mi dinero de Afore?
En otro artículo te explicamos “Cómo pedir préstamo de mi Afore aunque esté trabajando”. No obstante, en líneas generales debes saber que los retiros de esta cuenta solo son posibles ante dos escenarios: por situación de desempleo o por contraer matrimonio.
Por otro lado, las personas que desean acceder a su dinero completo del Afore tienen que estar incluidas en los siguientes casos:
- Vejez: de acuerdo a las leyes mexicanas se determinó que las personas que cumplan los 65 años de edad y completen las 500 semanas de cotización en el IMSS, pueden retirar todo el dinero.
- Cesantía en edad avanzada: las personas que hayan llegado a los 60 años y no tengan trabajo remunerado, pero cuenten con mínimo 500 semanas cotizadas, pueden obtener su ahorro.
- Negativa de pensión: la ley establece cuales son los requisitos para recibir la pensión, pero ocurren casos donde las personas no los completan. Por lo tanto, se puede entregar el dinero completo de su Afore. No obstante, para apegarte a este supuesto, debes entregar un documento avalado por el IMSS o el ISSSTE.
Requisitos para obtener los ahorros totales de mi Afore
La Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar) es la encargada de establecer cuáles son los requisitos necesarios para poder hacer un retiro total de Afore. Por ello, tienes que cumplir con los siguientes:
- Tener una cotización mínima de 1.250 semanas ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
- Contar con una edad comprendida entre 60 a 64 años, en el supuesto de pensión por cesantía.
- Cumplir los 65 años de edad si es el caso de pensión por vejez.
- Poseer expediente de identificación de trabajador vigente.
Modalidades de entrega del dinero completo de tus ahorros
Actualmente, existen tres modalidades de entrega para el monto total de tus ahorros del Afore, los cuales son:
- Renta vitalicia: la entidad encargada de pagar la pensión es una aseguradora.
- Retiro programado: una Afore se encarga de entregar la pensión.
- Pensión mínima garantizada: en este caso, el ente encargado del pago de la pensión es directamente el gobierno.
En cualquiera de las modalidades para hacer tu retiro debes dirigirte a la Afore que te corresponda. Además de ello, debes entregar una información para validar el retiro anticipado. Los documentos a consignar son los siguientes:
- Identificación oficial: puede servirte la credencial del Instituto Nacional Electoral (INE), pasaporte, cartilla militar, cédula profesional, documento de migración, matrícula consular u otra. Por supuesto, estos en caso que seas mayor de edad.
- Identificación oficial para menores: los beneficiarios que sean menores de edad deben presentar: acta de nacimiento, pasaporte, credencial de la escuela, cédula de identidad personal u otras.
- Herederos de los ahorros: identificación oficial, carta de defunción del familiar, resolución o testamento que te valide como beneficiario del ahorro del fallecido.
¿Cómo puedo retirar todo mi dinero por la contingencia?
Así como a nivel mundial, el Coronavirus en México ha afectado a gran parte de la población. De hecho, más de 700.000 trabajadores quedaron sin empleo, por lo tanto, se incrementaron los retiros de sus ahorros. Incluso, quienes tienen la duda de si ya retiré, puedo volver a retirar pueden acceder al dinero.
De esta manera, las autoridades establecieron que los empleados formales que quedaron desempleados por la emergencia, pueden disponer de hasta 13.000.397 pesos. Este dinero puede retirarse en una sola operación o en cuatro mensualidades. Cabe destacar que ante este escenario, el trabajador no debe reponer semanas cotizadas.
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